El borrador del texto
legal que reformará la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, ha
sido aprobado con el informe contrario y desfavorable de la CNE, CNC, Bruselas,
etc...
El día 20 de septiembre
el Consejo de Ministros acordó aprobar el Anteproyecto de la Nueva Ley del
Sector Eléctrico, a pesar de los informes de la CNE y de la CNE en pleno desacuerdo
con el peaje de respaldo en el autoconsumo fotovoltaico, el Ministro de
Industria ha preferido no escuchar a estos organismos públicos frenando el
desarrollo del autoconsumo fotovoltaico en España, en beneficio de las Grandes
Eléctricas de Unesa.
El Ministro Soria ha
explicado de forma muy breve la aprobación del Anteproyecto de la Ley del Sector
Eléctrico, indicando textualmente lo siguiente:
"La Ley de reforma del Sector Eléctrico
ha contado con las novedades de la CNE, y con el visto bueno del Consejo
de Estado en el preceptivo trámite. Se trata de una reforma integral del
sistema eléctrico que estima el Gobierno necesaria ya que aunque los precios de
electricidad son muy superiores con respecto al resto de Europa, los ingresos
no son suficientes para cubrir los costes del déficit de tarifa que alcanza los
26.000 millones de euros."
Asimismo, el Ministro Soria ha añadido que
"El objeto es reducir el déficit estructural sin incrementar el 42% del
coste de la factura de la Luz, garantizando la estabilidad financiera y
reduciendo los costes."
Lo que nos sorprende es que aun habiendo sido solicitada al Ministerio de
Industria la eliminación de este peaje por la CNE, como organismo experto en
energía, por tratarse de un peaje de carácter discriminatorio y por hacer
inviables los proyectos...se apruebe en el Consejo de Ministros tal medida. Es
injusto que el peaje de respaldo que propone el Ministerio de Industria se
aplique a la energía autoconsumida instantáneamente, sin utilizar la
infraestructura eléctrica.
La respuesta de las
distintas instituciones ante este hecho han sido numerosas:
- las Presidencias de Gobierno de Comunidades Autónomas como Murcia y Extremadura han tachado ésta de inconstitucional.
-
Bruselas ha mostrado su preocupación, tanto en materia de retroactividad
en la venta a red fotovoltaica como en las trabas impuestas al desarrollo del
autoconsumo fotovoltaico en España, como por los incumplimientos reiterados de
las Directivas europeas
- La
Comisión Nacional de la Competencia ha denunciado las trabas innecesarias y desproporcionadas al desarrollo del autoconsumo fotovoltaico en España, y ha manifestado abiertamente que no le gusta el cálculo de la rentabilidad "razonable" de la fotovoltaica.
- La
Comisión Nacional de Energía ha instado al Ministro Soria que suprima el absurdo Peaje de respaldo en el autoconsumo fotovoltaico, y, sobre la
propuesta de Real Decreto por el que se regula la actividad de producción de
energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y
residuos, ha denunciado que el término de retribución a la inversión puede alcanzar valores negativos. Ello
sería incompatible con el diseño de un régimen retributivo específico que
persigue fomentar este tipo de producción.
Según la Exposición de Motivos del citado Anteproyecto de Ley, éste tiene como
finalidad básica el establecimiento de la regulación de sector eléctrico
manteniendo los objetivos de la ley anterior: garantizar el suministro
eléctrico con los niveles necesarios de calidad y al menor coste posible, todo
ello bajo el principio fundamental de la garantía de la sostenibilidad
económica y financiera del sistema.
En resumidas cuentas, los
consumidores mantendrán la financiación del sistema eléctrico mediante el pago
de los peajes de acceso a las redes y el resto de cargos, así como mediante las
partidas provenientes de los Presupuestos Generales del Estado, y de otros
mecanismos financieros.
En la Exposición de
Motivos del citado Anteproyecto de Ley, se establece que ésta medida es
necesaria para la regulación básica del sector, para el establecimiento de los
regímenes económicos de aplicación a las distintas actividades y para
garantizar la seguridad de suministro de energía eléctrica a los consumidores.
Para los sistemas
eléctricos no peninsulares, se establece la posibilidad de establecimiento de
un régimen singular para el que se tendrá en consideración exclusivamente los
extracostes de estos sistemas eléctricos asociados a su no peninsularidad y a
su carácter aislado.
Del mismo modo, se
prevé la posibilidad, con carácter excepcional, de establecimiento de regímenes
retributivos específicos para fomentar la producción a partir de fuentes de energía
renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos, cuando exista una
obligación de cumplimiento de objetivos energéticos derivados de Directivas
europeas o cuando su introducción suponga una reducción del coste energético y
de la dependencia energética exterior. En este caso, el régimen retributivo se
basará en la participación en el mercado de las instalaciones, complementado
por una retribución para alcanzar el nivel mínimo necesario para cubrir los
costes que les permitan competir en nivel de igualdad con el resto de
tecnologías en el mercado y que posibiliten obtener una rentabilidad adecuada
con referencia a la instalación tipo en cada caso aplicable.
En lo relativo a los
consumidores, la presente ley establece la regulación sobre la que se van a
basar las relaciones entre los consumidores y las empresas comercializadoras y
distribuidoras en relación con el suministro de energía eléctrica, mediante el
establecimiento de sus derechos y obligaciones en el marco general de
contratación.
Se define asimismo la
figura del consumidor vulnerable, vinculado a determinadas características
sociales, de consumo y poder adquisitivo, y se establece la adopción de las
medidas oportunas para garantizar una protección adecuada a estos consumidores.
Estos consumidores tendrán derecho a una tarifa de último recurso, reducida
respecto del precio voluntario para el pequeño consumidor, el llamado bono
social.
Finalmente se procede a una reformulación del régimen sancionador para
adaptarlo a la evolución que ha experimentado el sector desde el inicio del
procedimiento de liberalización.
Pincha el siguiente
link para acceder a la norma
http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Enlaces/200913enlace_SectorElectrico.htm