El pasado 4 de septiembre la Comisión Nacional de la Energía (CNE) emitió un informe preceptivo de carácter urgente mediante el cual ponía de manifiesto ciertas incoherencias presentes en el ya redactado Real Decreto-ley 9/2013.
En este sentido, a
juicio de la CNE, el establecimiento de un “peaje de respaldo” únicamente a los
consumidores acogidos a las modalidades de autoconsumo, supone un trato
discriminatorio con respecto al resto de consumidores, que pudiendo reducir su consumo
en el caso de que adoptaran medidas de eficiencia energética (como el aislamiento
de su vivienda o el uso de lámparas de bajo consumo), no pagarían este peaje
por la energía que pudieran ahorrar.
Se citan textualmente
algunos párrafos de dicho informe donde se aprecia el claro desacuerdo de dicha
comisión con el llamado “peaje de respaldo” definido en el citado Real
Decreto-ley:
“…Por otra parte, existe
una cierta incoherencia entre la propuesta de RD y el Anteproyecto de Ley,
porque si bien en éste se definen tanto los peajes de acceso a las redes de transporte
y de distribución que se calcularán de acuerdo con la metodología que establezca
la CNMC, como los cargos necesarios para cubrir el resto de costes del sistema,
que se calcularán conforme a la metodología que establezca el Gobierno, el “peaje
de respaldo” no se concreta en el Anteproyecto de Ley del Sector Eléctrico informado
por la CNE…”
“…Los argumentos de la
imputación de estos conceptos a la energía autoconsumida, en opinión de esta
Comisión no se encuentran justificados.
Por una parte, el término variable de los peajes de acceso no tiene relación
directa con los costes hundidos que se quieren recuperar, y la imputación de
éste término variable a la energía autoconsumida supondría un trato
discriminatorio respecto a otros consumidores que no pagarían, en su caso, este
término variable respecto a la energía ahorrada…”
A este respecto, la Comisión, así
como la mayoría de los miembros del Consejo Consultivo, considera que se
debería eliminar el “peaje de respaldo” contenido en la propuesta.
Así pues, la Comisión defiende su
desacuerdo de la siguiente manera:
“…A juicio de esta Comisión, la
propuesta sacrifica la eficiencia económica a medio y largo plazo en aras de la
sostenibilidad económica a corto plazo, entendida como recuperación de costes
en gran parte hundidos que preceden en el tiempo al autoconsumo y no son achacables
a él. Esta aplicación del “peaje de respaldo” exclusivamente a los consumidores
con autoconsumo resultaría discriminatoria. También resultaría discriminatoria
esta aplicación con respecto a los consumos auxiliares de todas las instalaciones
de generación, e incluso, en las instalaciones de transporte y distribución con
respecto a los costes que soportan por sus consumos propios…”
Por otra parte, la Comisión
considera que cuanto antes y mediante RD se deben determinar los precios
regulados, y en particular los peajes y cargos que deben pagar el conjunto de
los consumidores. En particular, los consumidores con autoconsumo se verían afectados
por:
-
Peajes y cargos por la energía consumida y no producida por su
instalación. (No se considera adecuado como medida para incentivar la
eficiencia energética la exención o reducción de los peajes y cargos que deben
pagar dichos consumidores, es decir, que en caso de disfrutar de algún tipo de incentivo
por disponer de una instalación de autoconsumo, éste deberá mantenerse y no
eliminarse en aras de reducir el peaje a abonar proporcionalmente a la cuantía
del incentivo recibido, todo ello a efectos de eliminar subsidios cruzados
entre agentes).
-
Peajes por la energía excedentaria producida y vertida a la red.
Aunque el informe redactado por la
Comisión continúa en extensión, destacamos finalmente la siguiente afirmación
definida en líneas generales en su texto:
“…la propuesta adolece de una disfunción grave que, a juicio de esta
Comisión, y de acuerdo con la amplia mayoría de las alegaciones recibidas de
los miembros del Consejo Consultivo de Electricidad, imposibilita el desarrollo
del autoconsumo en la práctica y no permitiría alcanzar parte de los objetivos
que persigue: la imposición del llamado “peaje de respaldo” a la energía que es
autoconsumida de forma instantánea sin llegar a ser requerida o inyectada al
sistema…”
Puedes ver el Informe completo
pinchando el siguiente link:
http://www.cne.es/cne/Publicaciones?accion=3&id=3453&id_nodo=32
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